Reglamento: generalidades
Artículo 200 GENERALIDADES.
1. Una prueba de salto es aquella en la que se juzga al conjunto competidor - caballo bajo diversas condiciones durante un recorrido de obstáculos. Es un test (una prueba) destinado a demostrar en el caballo su franqueza, su velocidad, su destreza y su respeto al obstáculo, y en el competidor, la calidad de su equitación.
2. Si un competidor comete determinadas faltas, tales como el derribo de un obstáculo, un rehuse, sobrepasar el tiempo concedido, etc., incurre en puntos de penalización. Es ganador de la prueba el competidor que cometa menos puntos de penalización, complete el recorrido en el menor tiempo u obtenga el mayor numero de puntos de bonificación, dependiendo del tipo de prueba.
3. No se pretende uniformar las pruebas de salto, pues la variedad constituye un valioso elemento de interés, tanto para los competidores, como también para los espectadores, lo cual debe ser conservado a cualquier costo.
4. Otras pruebas o variaciones de las pruebas especiales pueden ser autorizadas por el Secretario General de la FEI, de acuerdo con el Presidente del Comité de Salto, siempre y cuando sus condiciones cumplan con los requisitos establecidos en el Reglamento General y en el Reglamento para Concursos de Salto. Las condiciones detalladas para cada prueba deben estar claramente establecidas en el avance de programa y en el programa del concurso. Los Organizadores no están autorizados para organizar pruebas de demostración salvo que la FEI haya acordado las condiciones de acuerdo a las cuales estas pruebas se pueden desarrollar. Los Organizadores que deseen realizar concursos, o pruebas internacionales para caballos de cinco años de edad deben solicitar permiso a la FEI por intermedio de su Federación. Las condiciones de las pruebas deben ser aprobados por la FEI.
5. Las pruebas internacionales deben ser justas y equitativas para todos los competidores. Es por tanto esencial, establecer reglas estrictas y detalladas que las regulen. Por ello, las reglas que siguen deben ser respetadas, excepto cuando la FEI ha autorizado ciertas tolerancias justificadas por las condiciones locales.
6. El uso de palabras de similar sonido en inglés y francés, que no significan exactamente lo mismo en estos idiomas, puede fácilmente causar confusión.
Por razones de concordancia y de uniformidad en las diferentes versiones, los siguientes términos deben ser tomados con el mismo significado:
INGLÉS FRANCÉS ESPAÑOL
Disobediences Désobéissances Desobediencias
Faults Fautes Faltas
Penalty Pénalité Penalización
Penalty points Points de pénalités Puntos de penalización (en contra)
Score Résultat Resultado
(Nota: El término "penalizaciones" (en lugar de "faltas") se usa en todo el texto del Reglamento en inglés, tal como este término se usa en los Reglamentos de las otras disciplinas de FEI. El término "falta" se usa para cubrir todos los incidentes durante un recorrido que están sujetos a penalizaciones." (203.1.2.; 204.1., 235.1 y 2).
7. Edad de los caballos.
Los caballos inscriptos para los Juegos Olímpicos y Campeonatos del Mundo deben tener, al menos, 8 años de edad.
Los caballos inscritos en los Juegos Regionales, Campeonatos Continentales, Copas del Mundo, CSIO's, CSI's deben tener, al menos, 6 años de edad. Además de su participación en el Campeonato del Mundo de Criadores (World Breeding Championship) los caballos de cinco años de edad no pueden participar mas que en un solo concurso internacional.